Cuando eres propietario de una nave industrial, pueden darse hasta tres escenarios diferentes:
- “Propietarios de Naves Industriales vacías o sin actividad o destinadas al alquiler a terceros”: en este supuesto el propietario debería de suscribir un seguro de Daños para asegurar tanto el Continente (valor de reconstrucción de la Nave) como su Responsabilidad Civil como propietario de la Nave Industrial.
- “Propietarios de Naves Industriales que llevan a cabo su actividad industrial en la misma”: en este supuesto, el propietario debería de suscribir un seguro de Daños para asegurar tanto el Continente de la Nave como el Contenido (Mobiliario, Maquinaria y Mercancías) que tenga depositado en la misma, incluyendo la Responsabilidad Civil derivada tanto de su actividad industrial como de su condición como propietario de la Nave Industrial.
- “Inquilinos de Naves Industriales donde llevan a cabo su actividad industrial”: en este supuesto, el inquilino debería de suscribir un seguro de Daños para garantizar los daños al Contenido de su propiedad (Mobiliario, Maquinaria y Mercancías) que tiene depositado en la Nave alquilada, incluyendo la Responsabilidad Civil derivada tanto de su actividad industrial como por su condición de inquilino frente al propietario de la Nave Industrial por los posibles daños que pudiera ocasionar en la misma derivados de su actividad industrial.