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“Proteja el patrimonio de su Empresa frente a los imprevistos derivados de la actividad empresarial con un Seguro de Responsabilidad Civil General.”

Las actividades diarias de una Empresa, pueden provocar daños materiales y personales de cierta importancia a terceros. Frente a esta situación, los seguros de Responsabilidad Civil General para Empresas constituyen para los empresarios la mejor protección del patrimonio de la misma.

Se trata de un Seguro suscrito por una empresa, para cubrir las posibles consecuencias pecuniarias derivadas de una reclamación efectuada por un tercero ajeno a la misma, como consecuencia de un daño material o personal ocasionado al mismo.
Son todas aquellas personas físicas o jurídicas ajenas a la empresa, excluyéndose a los que tengan relación laboral con la misma, los socios y familiares de los dueños de la misma.

Hoy por hoy, no es obligatoria en la mayoría de los casos la contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil General para una Empresa, pero no es menos cierto que si una Empresa dispone de este Seguro, podría evitar un perjuicio económico de cierta consideración derivado de un fallo en la actividad de la misma, ya que en caso de no tenerlo suscrito podría afectar a la estabilidad económica de la propia Empresa. Por otro lado, cada vez es más frecuente que sean los propios clientes de las Empresas o la Administración Publica, quienes exijan a las Empresas este Seguro aunque no haya una normativa legal que así lo exija.

En nuestro mercado asegurador tenemos los siguientes tipos de Seguros de Responsabilidad Civil:

  • Responsabilidad Civil General: suelen contratarlo las Empresas para cubrir los daños materiales y personales ocasionados a terceros derivados de la actividad de las mismas.
  • Responsabilidad Civil Profesional: este seguro es de obligada contratación para todos aquellos profesionales que por Ley han de estar colegiados para ejercer su profesión habitual (abogados, arquitectos, aparejadores, médicos, ingenieros, etc.)
  • Responsabilidad Medioambiental: en base a la Ley 26/2007 de 23 de Octubre y si la Empresa es susceptible de provocar un daño al medioambiente (Fabricas, Almazaras, Bodegas, Gasolineras, etc.), es necesaria la contratación de un Seguro de Responsabilidad Medioambiental.
  • Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos: por el hecho de ser Administrador o Directivo de cualquier Sociedad Limitada o Anónima y en base a la Ley de Sociedades de Capital, los mismos son responsables con su propio patrimonio personal de los daños y perjuicios ocasionados a terceros por un error o negligencia derivado de su gestión.

¿Quieres más información? Escríbenos y nos pondremos en contacto contigo.


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