“Asesoramos a las Empresas para establecer si existe o no la obligación de contratar un Seguro de Vida o Accidentes según el Convenio Colectivo al que estén adscritos sus trabajadores.”
En toda actividad empresarial, pueden producirse accidentes de sus trabajadores en el desempeño de su labor en la misma.
Ante esta situación, cualquier Empresa puede cubrir esta circunstancia a través de un Seguro de Vida o Accidentes Colectivo, bien de forma voluntaria como un beneficio social para sus trabajadores o bien de forma obligatoria si así lo establece el Convenio Colectivo en el que se encuadra la actividad de la misma.