Apenas faltan 8 meses para la entrada en vigor de la nueva directiva de la Unión Europea que obliga a las comunidades con calefacción central a poner contadores individuales de calefacción antes del 31 de diciembre de 2016. Con esta modificación de la norma, desaparecerá el coeficiente de participación que se utiliza actualmente para el pago de la calefacción en las diferentes viviendas con calefacción central e insistimos en ello, ya que en las viviendas con calefacción individual esta norma no afecta.
El no adaptar nuestros contadores en el plazo previsto, supondrá estar expuestos a sanciones que oscilan entre los 1.001 y 10.000€
¿Un vecino debe de pagar por lo que realmente gasta?
En todas las comunidades con calefacción central, en algún momento, siempre ha aparecido esta «discusión» en las reuniones de vecinos. Frases como: ¿A qué hora se enciende y se apaga la calefacción? Es que se enciende muy tarde la calefacción y las casas están frías, etc. Y es que estamos mal acostumbrados y el ahorro energético no lo producimos por igual cuando tenemos una calefacción de pago individual como cuando es a través de calefacción central, y es por ello que la Unión Europea quiere frenar el derroche energético que se produce en el día de hoy, como objetivo principal con la entrada de esta nueva ley.
¿Cuáles son los objetivos por parte de la Unión Europea?
Como ya hemos comentado anteriormente, el objetivo principal es la eficiencia energética en los diferentes hogares, de manera que se busca:
- Un pago más justo por la calefacción
- Evitar el derroche y así reducir el consumo energético
- Reducción de la emisión de gases
Informes realizados hablan de que las comunidades se pueden ahorrar con este nuevo sistema de contadores individuales de calefacción, entre un 20 y un 30% en el consumo de calefacción. La instalación provoca una inversión importante, entre los 700 y 1.100€ (según datos de la OCU), pero se calcula que será amortizada a partir del quinto año. En España se calcula que hay entre 1,2 y 1,5 millones de viviendas con calefacción central que se verán afectadas por esta nueva normativa.
Excepciones
No todos los edificios con calefacción central de nuestro país, están obligados a aplicar estos cambios en sus hogares. Según está indicado en el Real Decreto, «En los edificios existentes en los que la instalación de contadores de consumo individuales no sea técnicamente viable y se encuentre en las zonas de climáticas establecidas como zona alfa, A o B según está estipulado en el Código Técnico de la Edificación, se considerará que la instalación individualizada de los contadores no es rentable económicamente hablando, por lo que se podrán usar otros métodos alternativos para el control de la medición del consumo de calor«
Foto: MAPA zonas climáticas – Fuente Andimat
¿Qué ocurre si no nos adaptamos a la norma?
Aunque es posible que finalmente se haga una prórroga de unos meses en la entrada de esta nueva ley, debemos de empezar ya a ver el tema de los contadores individuales de calefacción con cierta urgencia, a través del administrador de fincas o bien el presidente de la comunidad, si no queremos estar expuestos a sanciones que oscilarán entre los 1.001 a 10.000€ a aquellas comunidades que no se adapten a la nueva reforma. Comunidades autónomas, como Andalucía, Asturias, Madrid, Navarra o País Vasco, cuentan actualmente con planes de ayuda para este tipo de instalaciones.