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¿Qué cubre un seguro de responsabilidad civil?

Así lo establece nuestro Código Civil en su artículo 1902: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Además, el siguiente artículo del Código Civil, el 1903, continua explicando: “la obligación que impone el artículo anterior es exigible no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder”.

Es decir, los padres, tutores, dueños o directores son responsables de los daños que puedan ocasionar las personas a su cargo. Y a través del seguro de responsabilidad civil se garantiza al asegurado una responsabilidad civil extracontractual. Además, también puede llegar a garantizar tu tranquilidad y despreocupación.

En algunos casos el seguro de responsabilidad civil es obligatorio, como en seguros de responsabilidad civil de profesionales. En otros, en cambio, puede ser opcional, dependiendo del riesgo que cada uno esté dispuesto a asumir, por ejemplo, en el caso de los seguros de hogar. Sin embargo, y a pesar de no tener obligatoriedad, los seguros de responsabilidad civil son muy recomendables.

Pero, en definitiva, los seguros de responsabilidad civil van dirigidos a profesiones que suponen un riesgo más elevado de daños hacia terceros.

Qué cubre un seguro de responsabilidad: una póliza para cada situación

Podemos encontrar varios tipos de seguros de responsabilidad civil, cada uno de ellos va a depender de las condiciones y coberturas que posean.

– Para el desarrollo de tu actividad profesional, por ejemplo en una consultoría, una clínica o un despacho de abogados, existe el seguro de responsabilidad civil para profesionales, que cubre posibles fraudes y reclamaciones de patrimonio por parte de un tercero. Dentro de él se suele incluir el seguro de responsabilidad civil para autónomos, trabajadores por cuenta propia, y para PYMES, aunque algunas aseguradoras lo definen aparte, incluyéndolo dentro de seguros de responsabilidad civil para empresas.

– También están relacionados con lo anterior los seguros de responsabilidad civil para administradores y directivos, con los que se garantizan sus funciones en la empresa. Este tipo destaca considerablemente, pues es muy demandado.

– Asimismo, existe un seguro de responsabilidad civil patronal, destinado a cubrir a los empresarios de posibles reclamaciones o quejas de sus empleados.

– Con el seguro de responsabilidad civil para particulares, quedarán asegurados todos los miembros de la familia.

– Por otra parte, existe un tipo de seguro llamado seguro de responsabilidad civil inmobiliaria, en el que se cubren los daños causados por la vivienda, normalmente determinados por su uso.

– Otros tipos de seguros de responsabilidad civil se relacionan con distintas actividades como pueden ser la protección de ciclistas en posibles accidentes, o las actividades de caza y pesca.

Ahora que ya sabemos lo que cubre un seguro de responsabilidad, hablemos de lo que puede no curbrir. Las exclusiones en el seguro de responsabilidad civil las incluyen las aseguradoras en sus pólizas, es decir, serán diferentes dependiendo de la aseguradora que elijas, por tanto, las excepciones no son únicas o absolutas.

Ahora que tenemos claras algunas ideas sobre qué cubre un seguro de responsabilidad civil, el siguiente paso es elegir el mejor para ti.

La clave para contratarlo es investigar y estudiar todas las coberturas que ofrecen las distintas aseguradoras y compararlas entre ellas, teniendo en cuenta la calidad y el precio que nos ofertan, además de las necesidades personales que puedan cubrirnos. Los precios en las compañías de estos seguros dependerán de varios factores, como la actividad, la base de cálculo, las coberturas, los capitales…

¿Deseas contratar un seguro de responsabilidad civil para tu actividad y así no correr riesgos innecesarios? Consúltalo en segurosgrupoandres.com.

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